Herencias

ABOGADOS ESPECIALISTAS EN HERENCIAS

Contar con especialistas abogados de herencias en Málaga resulta fundamental para solucionar diversas controversias que pueden tener lugar tanto antes de otorgar testamento, como tras el fallecimiento de un familiar.

Antes del fallecimiento, podemos asesorarle jurídicamente para que usted tenga conocimiento de que tipo de testamento se adecua mejor a sus circunstancias y cómo poder llevarlo a cabo. También podemos redactar el testamento y acompañarlo a notaría para la firma del mismo.

Por otro lado, ya en lo que concierne a las necesidades que surgen tras el fallecimiento del causante,  somos abogados de herencias y como tal, prestamos servicios como negociaciones entre los herederos a fin de llegar a un acuerdo y evitar acudir a la vía judicial, asesoramiento en caso de sucesión intestada, esto es, cuando no existe testamento del fallecido, acompañamiento a notaría, solicitud de certificaciones y seguros de vida, declaración de herederos, aceptación y reparto de herencia, división judicial de la herencia, tramitación del Impuesto de Sucesiones, en definitiva, podemos asesorar y solventar las consultas sobre herencias que normalmente surgen.

 

ACEPTACIÓN DE HERENCIA VARIOS HEREDEROS

Legalmente las herencias se dividen en tres partes iguales:

  1. Legítima: son bienes y derechos sobre los cuales el causante (quien otorga testamento) no puede decidir a quién dejar como heredero, dado que la ley le obligada a que este tercio sea, a partes iguales, para los herederos forzosos, que según el Código Civil serían los hijos, padres o viudo/a.
  2. Mejora: por ley esta parte de la herencia también es obligatoria para los herederos forzosos, si bien, esta vez no es obligatorio que se divida a partes iguales entre los mismos, sino que el causante puede elegir a quien mejorar su parte de la herencia, de ahí su nombre.
  3. Libre disposición: es la tercera parte de la herencia y la única sobre la que el testador puede dispone libremente, indicando en su testamento a quien quiere dejarla, pudiendo ser cualquier persona, incluso que no sea familiar, alguna empresa, o una ONG.

Disponer de los servicios de un abogado especialista en herencias es primordial para cualquier persona que desee redactar testamento con el fin de disponer de sus bienes de la forma que considere más oportuna, dado que en caso de no hacerlo, su herencia será repartida a partes iguales entre sus herederos forzosos.

 

IMPUGNACIÓN TESTAMENTO

Impugnar un testamento es posible si usted, como heredero, considera que se han vulnerado sus derechos.

Impugnar un testamento es un procedimiento que tiene como fin declarar la nulidad del mismo o parte de él y que por tanto, se entienda que no tiene validez.

No obstante, usted debe tener en cuenta que para que esta impugnación tenga éxito debe disponer de pruebas sólidas que demuestren que efectivamente ha tenido lugar alguna de las causas que hacen posible solicitar la nulidad del testamento.

Los motivos por los cuales usted podría impugnar un testamento son:

  • El testamento no respeta la cuota de legítima prevista legalmente. Se refiere, a que el testador ha indicando un reparto de sus bienes que no tienen en consideración la obligación de dejar un tercio de la herencia a partes iguales entre los herederos legítimos (hijos, padres y viudo/a).
  • Defecto de forma en la redacción del testamento. Este supuesto entra en juego cuando no se han cumplido los requisitos legales para otorgar testamento, tales como que el testador no tenga capacidad para ello, que haya sido engañado, intimidado o coaccionado por otra persona, que el testamento no esté firmado o fechado, entre otras cuestiones posibles.
  • Que se haya desheredado a un heredero forzoso sin justa causa. Como ya hemos explicado, según el Código Civil, un tercio de la herencia es obligatorio que sea repartido a partes iguales entre los herederos forzosos (hijos, padres y viudo/a). Sin embargo, la ley también prevé que por diversas circunstancias pueda el testador desheredar al heredero forzoso. Por tanto, en caso de que a alguno de ellos no se le haya incluido en el testamento y no exista motivo real de desheredación, éste podría impugnar el testamento.

PLAZO PARA IMPUGNAR UN TESTAMENTO

Una cuestión que resulta fundamental es el plazo para impugnar un testamento. Este plazo es de quince años y comienza a contarse desde que fallece el causante o bien desde que el heredero en cuestión que desea impugnar recibe copia del testamento. Transcurrido este periodo será imposible impugnar el testamento, dado que habrá prescrito la acción.

Por lo demás, debe saber que para impugnar un testamento es necesario interponer demanda ante el Juzgado de 1ª Instancia del lugar donde falleció el causante, demanda que será notificada al Notario y a los demás herederos.

Para llevar a cabo este procedimiento, usted deberá recabar todas las pruebas que tenga para demostrar el motivo por el cual está impugnando el testamento. Además, debe saber que es obligatorio contar con un abogado y procurador.

Dado que casa supuesto es distinto, le aconsejamos que cuente con un abogado especialista en herencias Málaga que proteja sus intereses desde el primer momento.

Tras presentar la demanda, el Juez señalará audiencia previa donde oirá a las partes y si no se llega a un acuerdo, señalará nueva fecha para celebrar juicio. Tras el mismo, el Juez decidirá si declara nulo el testamento por completo, solo alguna parte o si lo considera válido.

Como consecuencia de todo lo expuesto, le aconsejamos que cuente con el asesoramiento jurídico necesario de mano de nuestro despacho, con abogados expertos en herencias y testamentos que puedan ayudarle en todos los trámites oportunos. Le informamos de todos los gastos, y le indicamos con claridad los trámites a realizar.

Podemos garantizarle el asesoramiento más actualizado, pues formamos parte de la Asociación Española de Abogados de Familia:

 

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